Sin someter la decisión ante un juez de control, única autoridad facultada para revocar una determinación de no ejercicio de la acción penal, la Fiscalía General del Estado revocó de escritorio dicha decisión y es con la que buscan vincular a proceso a Jorge “N”.
Esta tarde se dio a conocer que la prueba madre de la fiscalía para mantener en prisión al exfiscal general del estado consiste en el oficio FECCEV/DIPP/1153/2020 de fecha 26 de mayo de 2020, mediante el cual, el director de Investigaciones y Procesos Penales de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, Osvaldo Vargas Ruiz remite la carpeta de investigación FESP/786/2018 cuya denuncia fuera interpuesta por Gilberto Aguirre Garza contra el exfiscal por delitos como tortura, abuso de autoridad, incumplimiento del deber legal, falsas denuncias y simulación de pruebas, de la que ya se había decretado un no ejercicio de la acción penal.
En el oficio compuesto de una sola hoja, Vargas Ruiz instruye a Emmanuel Melgarejo Barradas, fiscal especializado anticorrupción que “se imponga de su contenido y bajo su más estricta responsabilidad ordene de inmediato tantas y cuantas diligencias sean necesarias para la debida integración hasta su total determinación”; es decir, que este oficio, es el que la Fiscalía está utilizando para “acreditar” que el no ejercicio de la acción penal fue revocado en contra de Jorge “N” y por ello, lo puede sujetar a proceso.
Dicho proceder es grave y reviste un delito, pues la única autoridad facultada para revocar un no ejercicio de la acción penal -que en este caso había causado estado- es un juez de control o de amparo, no así un fiscal y menos si no hay elementos que funden y motiven tal determinación.
De ahí que, de acuerdo con lo expresado por el propio exfiscal en audiencia, mismo que está llevando a cabo su propia defensa material, se esté cometiendo un delito por parte de los fiscales y el juez de control Antonio Zarur Ahumada, a quien ya ha advertido de las denuncias en su contra.