Sábado 20 de abril de 2024

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Seguridad: vienen tiempo difíciles En el artículo 115 constitucional expresa que la policía preventiva estará al mando del Presidente Municipal en los términos normativos de la Ley de Seguridad Pública del Estado.
2017-12-14 En la Fracción VII se establecen los términos normativos en los que estará la policía municipal, con lo que se refuerza la reforma a la fracción XXIII del artículo 73 Constitucional, pues ayudara como medio de control legal.

Dicha fracción VII nos dice lo siguiente: La policía preventiva estará al mando del presidente municipal en los términos de la ley de Seguridad Pública del Estado. Aquella acatará las órdenes que el gobernador del estado le transmita en aquellos casos que este juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Por un lado da el mando de la policía preventiva al presidente municipal y, por otro, señala que la policía preventiva ACATARÁ LAS ÓRDENES DEL GOBERNADOR del estado cuando este juzgue un caso de fuerza mayor o de alteración grave del orden.

Podríamos decir que a referirse fuerza mayor que el gobernador del estado ordene a la policía municipal cuando se presente un estado de necesidad y como alteración grave del orden público sería cuando se realicen actos hostiles en la colectividad, como tumultos sociales y/o manifestaciones agresivas.

Comento esto porque a partir del primero de Enero del año entrante se ha discutido mucho que a las reuniones de seguridad que ha existido entre el gobernador y en las que ha invitado a los presidentes electos de MORENA de Coatzacoalcos, Minatitlán, Xalapa, Poza rica y NO HAN ASISTIDO y ya les manifestó que a partir del año entrante que entren en funciones se harán cargos de la seguridad de sus municipios con sus policías municipales que tendrán que integrar.

Los pocos policías que deja el alcalde Joaquín Caballero en este municipio no cuentan con armas, simplemente andan con una macana (recordemos que para que puedan portar armas los policías, tienen que ser autorizadas por la SSP ya que la licencia de portación se las da la SEDENA).

Para que los elementos entren en funciones deben de pasar los exámenes de confianza que les haga dicha secretaria. Ahorita con todos los elementos policiacos dígase policía estatal, fuerza civil y elementos federales NO SE HA PODIDO COMBATIR LA DELINCUENCIA.

Que nos espera el próximo año cuando el gobernador concentre en Xalapa a los policías estatales y deje la responsabilidad de la seguridad a los municipales que no tienen ni siquiera integrada su corporación. Vienen tiempos difíciles, peores de lo que estamos pasando en cosas de seguridad pública.

YA PARA CERRAR QUISIERA COMENTAR ALGO A ESOS CUATRO PRESIDENTES ELECTOS DE MORENA.

¿POR QUÉ NO SOLICITAN UNA REUNIÓN PARA QUE LES DEN TAMBIÉN A CARGO LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y TRANSITO? YA QUE ESTOS PRODUCEN RECURSOS PERO SON ADMINISTRADOS POR EL GOBIERNOS DEL ESTADO, NO CREO QUE LO HAGAN Y NO CREO QUE SE LOS DEN.
YA DIJIMOS QUE EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPUBLICA, NOS DICE EN SU FRACCIÓN III QUE LOS MUNICIPIOS TENDRÁN A SU CARGO LAS FUNCIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS SIGUIENTES: SEGURIDAD PÚBLICA POR CONDUCTO DE LA POLICÍA PREVENTIVA, AGUA POTABLE Y TRANSITO.

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